//La iniciativa de la Agrupación de Abogados mediadores del Colegio llevó a los letrados a las puertas de los juzgados a explicar en qué consiste esta técnica//
Con motivo de la celebración el 21 de enero del Día de la Mediación, la Agrupación de Abogados mediadores de Valladolid, integrada en el Colegio de Abogados vallisoletano, organizó una jornada informativa a pie de calle en la que participaron decenas de letrados del ICAVA.
La iniciativa tenía como objetivo difundir entre la ciudadanía en qué consiste esta técnica alternativa de resolución de conflictos, cada vez más en auge, así como el funcionamiento del Servicio de Mediación Familiar del Colegio de Abogados de Valladolid.
Desde las 10 de la mañana hasta las 2 de la tarde, los abogados mediadores vallisoletanos se repartieron el trabajo a las puertas de los diversos juzgados de la calle Angustias, la Plaza del Rosarillo y Nicolás Salmerón, mediante el reparto de dípticos informativos y la conversación con los ciudadanos que se acercaban a las sedes judiciales, facilitándoles breves descripciones del trabajo que realizan los mediadores y respondiendo a las preguntas de los que se mostraban interesados en esta disciplina.
¿Qué es la mediación?
La mediación es un método voluntario de gestión de conflictos, que incluye a un tercero neutral –el mediador- con la función de ayudar a que las partes involucradas en un conflicto puedan negociar desde la colaboración una resolución satisfactoria para todos.
La técnica, en la que están formados más de 60 letrados de la provincia, está empezando a aplicarse con resultados satisfactorios en conflictos civiles y mercantiles, incluso para resolver disputas vecinales, si bien el campo hasta ahora más desarrollado es el de la mediación familiar.
En procesos de separación, divorcio, parejas de hecho, reparto de herencias, cuidado de personas mayores o cualquier otro conflicto familiar, la mediación crea un espacio fundamentado en escuchar al otro y, a través del diálogo, tomar decisiones para llegar a acuerdos que eviten la forma contenciosa.
La Mediación Familiar, por tanto es un proceso voluntario, neutral, confidencial y estructurado, que pretende evitar la apertura de procesos judiciales y, en ocasiones, pone fin a los ya iniciados, o reduce su alcance. Desde el punto de vista personal, favorece el clima de cooperación y respeto mutuo, la estabilidad emocional de los miembros de la familia y la protección de los intereses de las partes más débiles de la unidad familiar –niños, personas discapacitadas y mayores dependientes-.
La mediación evita la confrontación destructiva, implica a las partes en la búsqueda de soluciones, que no se someterán a otra voluntad más que a la suya propia –puesto que los acuerdos adoptados serán los suyos, en lugar de los que imponga el juez- y, como consecuencia, facilita su cumplimiento, puesto que los acuerdos han sido adoptados voluntariamente. Esto facilita las relaciones futuras de los participantes.
Un proceso elástico
La Mediación se inicia con una entrevista inicial en la que el mediador explica en qué consiste, a la que siguen una serie de sesiones cuya duración dependerá de la complejidad de los puntos en conflicto, así como de la actitud de quienes participan en ellas. El proceso finaliza con un acta final en la que el mediador resume lo hablado y los acuerdos alcanzados, y que servirá como base para el convenio regulador que redactarán los abogados de las partes.
El mediador es un profesional cualificado (licenciado en Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Trabajo Social o Educación Social), con formación específica en Mediación Familiar, inscrito en el Registro de Mediadores Familiares de Castilla y León. Está sujeto al secreto profesional y actúa con confidencialidad, imparcialidad y neutralidad, pero carece de poder de decisión y en ningún caso proporcionará información legal ni opinión o consejo jurídico.
Tienen derecho a mediación familiar gratuita las personas físicas residentes en Castilla y León, cuyos ingresos económicos computados anualmente por todos los conceptos y en su unidad familiar no superen la cuantía del Indicador Público de Renta a efectos múltiples, IPREM.