- Real Decreto 90/2019, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los Procuradores de España
- Hacienda ha autorizado a Justicia a continuar con la tramitación de la subvención de este servicio que prestan abogados y procuradores a quienes no disponen de recursos para litigar
- El CRACYL exigió el pasado 22 de febrero al Ministerio de Justicia el pago urgente a las abogadas y abogados del Turno de Oficio
El pasado sábado 2 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto 90/2019, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los Procuradores de España. De este modo, el Ministerio de Hacienda ha dado luz verde a la continuación del procedimiento que permitirá al Ministerio de Justicia, en las próximas semanas, el pago de las subvenciones para la prestación de la asistencia jurídica gratuita correspondientes al ejercicio 2019. El departamento que dirige Dolores Delgado llevó el Real Decreto con el que se aprobó estos pagos al Consejo de Ministros el viernes 1 de marzo.
El pago de las subvenciones en lo que respecta a la asistencia jurídica gratuita se efectuará por periodos mensuales vencidos. Mensualmente el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de los Colegios de Procuradores de los Tribunales de España remitirán al Ministerio de Justicia una certificación que contenga los datos relativos al número y clase de actuaciones realizadas por cada Colegio a lo largo del mes anterior, junto con la justificación del coste económico total asociado a aquéllas. En función de dichas certificaciones, el Ministerio de Justicia efectuará a continuación los libramientos mensuales que correspondan, sin perjuicio de las posteriores regularizaciones que procedan una vez cumplimentada en su totalidad la justificación anual regulada.
Con la aprobación de esta norma por la que se regula la concesión directa de estas subvenciones, se acelerarán los demás trámites necesarios para hacer efectivos los pagos por la prestación de estos servicios al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los Procuradores. En el Real Decreto se recogen también las subvenciones al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia a las víctimas de delitos.
El informe favorable de Hacienda a las cuantías propuestas por Justicia en el proyecto de Real Decreto y su aprobación por el Consejo de Ministros son trámites preceptivos para la concesión de subvenciones en la actual situación de prórroga presupuestaria. La asistencia jurídica gratuita está reconocida en la Constitución Española, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva de aquellas personas que no disponen de recursos para litigar. Este derecho se desarrolla posteriormente en la Ley 1/1996, de 10 de enero, que establece que la asistencia jurídica gratuita se financiará con cargo a las administraciones públicas.